Manipulación estatal
Dicen Cristina Monge y Gabriel del Molino que el grupo de delitos informáticos de la Guardia Civil hace unas recomendaciones para los jóvenes internautas.Recomiendan que se haga respetar la intimidad y el honor y no quedar con nadie ni comprar sin el conocimiento de los padres. Hasta aquí, correcto, pero continua:
Si navegando accedes a páginas de pornografía, sal rápidamente y no intentes ver más imágenes. Seguramente, tendrás que pagar más en la factura del teléfono.
Aparte de que hay que ser iluso para pensar que un chico de 16 años haga caso a esa recomendación, sólo se puede dar el caso de que haya que pagar más en la factura de teléfono, usando un dialer que únicamente funcionan sobre Windows y si la conexión es por modem. Hace mucho que no veo páginas con dialers, poca gente se conecta con modem y, además, se nota mucho cuando se usaba un dialer.
No te descargues ningún programa ni salvapantallas sin el conocimiento de tus padres, aunque la página diga que es gratuito.
Otra “verdad absoluta” que únicamente se deberían aplicar los usuarios de Windows. Nunca he tenido problema alguno usando software instalado desde los servidores de Debian. Y, suponiendo que usando GNU/Linux el adolescente en cuestión instalase software “malicioso”, si lo hace con su usuario normal, jamás tendrá ningún problema el sistema ni el ordenador.
No descargues logos ni tonos de llamada de teléfono móvil, aunque parezca gratuito. Consúltalo antes con tus padres.
No conozco webs de descarga de tonos ni logos “gratuitas”. Sólo conozco las descargas enviando SMS. No opinaré sobre este tema, quizá unos árboles no me dejen ver el resto del bosque.
Si descargas películas o música, asegúrate de no estar infringiendo los derechos de propiedad intelectual, podrías incurrir en un delito. Que muchos lo hagan no significa que sea legal. Consulta antes con tus padres o tutores. Algunas de las páginas que ofrecen esos contenidos esconden programas que pueden dañar tu ordenador.
Falso. Sólo es delito si en esa descarga hay un ánimo de lucro y daño a terceros. Miremos el artículo 270 del Código Penal:
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
Jamás he obtenido lucro ni he pretendido dañar a nadie al descargar una canción. Y no conozco a nadie que descargue con dolo.
Y otra vez el supuesto problema del software malicioso “Algunas de las páginas que ofrecen esos contenidos esconden programas que pueden dañar tu ordenador“. Ese software malicioso sólo afecta a los que quieren ser víctimas. Si alguien usa Windows que se atenga a las consecuencias.
Y el estado, en lugar de hacer estas recomendaciones, más le valdría hacer otro tipo de recomendaciones, como:
Se coherente. Usa software libre. Además, tu ordenador funcionará mejor.